logo de Fernández Global

El riesgo silencioso de convertirse en sociedad patrimonial en el Impuesto sobre Sociedades

En el momento de cerrar el ejercicio, muchas empresas revisan resultados y liquidaciones, pero pasan por alto una cuestión clave con impacto fiscal: comprobar si la sociedad ha adquirido la condición de sociedad patrimonial a efectos del Impuesto sobre Sociedades.

Este cambio puede producirse sin dejar de facturar ni de ejercer actividad.

No es necesario que la empresa deje de funcionar para ser considerada patrimonial; basta con que varíe la composición de su activo.

¿Cuándo una sociedad es considerada patrimonial?

Una sociedad se considera patrimonial cuando más del 50 % de su activo está formado por valores o por activos no afectos a una actividad económica.

Este cálculo es estrictamente cuantitativo y no depende del tipo de negocio. Muchas sociedades continúan operando con normalidad, pero con una estructura patrimonial que ha ido cambiando con el tiempo.


Principales consecuencias fiscales

La calificación como sociedad patrimonial no es neutra desde el punto de vista fiscal. Entre sus principales efectos destacan:

  • Pérdida de los incentivos fiscales del régimen de entidades de reducida dimensión.
  • Limitaciones en la compensación de bases imponibles negativas, especialmente en caso de cambios relevantes en el accionariado.

Estas consecuencias pueden afectar tanto al ejercicio actual como a decisiones futuras.


Un error habitual en el análisis del activo

Uno de los errores más frecuentes es analizar únicamente el balance cerrado a 31 de diciembre. La normativa exige calcular la media de los balances trimestrales de todo el ejercicio.

Por este motivo, una operación puntual a final de año no siempre refleja la realidad fiscal que tendrá en cuenta la Administración tributaria.


Activos que no computan como no afectos

No todos los elementos contabilizados como valores se consideran activos no afectos. Quedan excluidos, entre otros:

  • Los activos necesarios para cumplir obligaciones legales.
  • Los créditos derivados de la actividad ordinaria.
  • Las participaciones mínimas del 5 % en sociedades operativas, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Asimismo, el dinero y los derechos de crédito procedentes de la venta reciente de activos afectos pueden quedar fuera del cómputo.


Una revisión imprescindible antes de cerrar el ejercicio

Antes de dar por cerrado el Impuesto sobre Sociedades, es fundamental revisar con detalle la composición del activo y su evolución durante el año.

Detectar a tiempo una posible condición patrimonial permite evitar la pérdida de incentivos fiscales y futuras regularizaciones.

Para cualquier duda o aclaración sobre la fiscalidad de las sociedades patrimoniales, pueden ponerse en contacto con Fernández Global.

¿Te ha gustado? Compártelo en
Para cualquier consulta que tengas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros

Alex Rodríguez

Alex Rodríguez es economista especializado en finanzas, fiscalidad y gestión empresarial. Con una amplia trayectoria asesorando a empresas y profesionales, destaca por su visión estratégica, orientación al detalle y compromiso con la excelencia.
Asesoramiento fiscal sobre sociedad patrimonial en el Impuesto sobre Sociedades