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Pymes

¿Qué es una PYME en España?

¿Qué se considera una PYME en España?

En España, una PYME (Pequeña y Mediana Empresa) se define según el número de empleados y el volumen de facturación o el balance total anual.

Según la legislación española, se considera PYME aquellas empresas que cumplen los siguientes requisitos:

Microempresa

Menos de 10 empleados y un volumen de negocio anual o balance total anual no superior a 2 millones de euros.

Pequeña empresa

Menos de 50 empleados y un volumen de negocio anual o balance total anual no superior a 10 millones de euros.

Mediana empresa

Menos de 250 empleados y un volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros o balance total anual que no supere los 43 millones de euros.

Obligaciones de las PYMES en España

Cumplir con las normativas vigentes y las obligaciones que se detallan es nuestra prioridad máxima para ofrecer un buen servicio a nuestros clientes. A continuación, detallamos las que consideramos más importantes:

Obligaciones de comunicación telemática con las AAPP

Según la Ley 39/2015, todas las personas jurídicas están obligadas a comunicarse por vía telemática con las Administraciones Públicas (AAPP) como parte del sistema de trámites electrónicos establecido.

FNMT

Es imprescindible obtener un certificado emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para identificarse ante cualquier organismo en los trámites electrónicos que se realicen.

Obligaciones contables y mercantiles

  • Libro de Inventario y Cuentas Anuales
    Este libro debe abrirse con el balance inicial detallado de la empresa, y en él se registrarán al menos trimestralmente los saldos y balances de cierre del ejercicio, así como las Cuentas Anuales que incluyen el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria.
  • Libro Diario
    En este libro se registran los movimientos diarios de todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. También se pueden realizar anotaciones conjuntas de los totales de las operaciones por períodos no superiores al mes, siempre que los detalles queden reflejados en otros libros.
  • Libro de Actas
    Este libro registrará las actas de las juntas de socios celebradas en la sociedad, que tendrán que estar debidamente firmadas y legalizadas ante el Registro Mercantil correspondiente, junto con la CCAA del ejercicio.
  • Libro de Registro de Socios
    En este libro se dejará constancia de las participaciones sociales de cada socio en la sociedad.
  • Legalización de libros
    El plazo para legalizar los libros será de 4 meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio. Por ejemplo, si la mayoría de clientes cierran el ejercicio el 30 de diciembre, la presentación de los libros vence el 30 de abril del año siguiente.

Depósito y aprobación de cuentas anuales

Las empresas deben aprobar sus cuentas anuales y depositarlas en el Registro Mercantil dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal. Este depósito incluye el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria explicativa de la empresa.

Si no se hace dentro del plazo, pueden aplicarse sanciones. Es importante cumplir con la normativa y garantizar que la información financiera esté accesible para socios, acreedores y otras partes interesadas.

Obligaciones con la Seguridad Social

  • Alta, variación o baja de los trabajadores
    Comunicar a la Seguridad Social cualquier alta, variación o baja de trabajadores.
  • Pago de los seguros sociales
    Pagar las cotizaciones sociales correspondientes para cada trabajador, de acuerdo con la normativa vigente

Obligaciones fiscales

  • Alta en la AEAT
    Cumple con el alta y registro de la actividad empresarial en la Agencia Tributaria (AEAT).
  • IAE
    Inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) según actividad realizada.
  • Declaración mensual o trimestral: IVA, IRPF
    Los autónomos y las PYMES deben presentar las declaraciones mensuales o trimestrales de los impuestos correspondientes como el IVA y el IRPF.
  • Declaración anual: IS
    Declaración del Impuesto de Sociedades (IS) de forma anual.