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Fernández Global — gestoría en Berga

Pymes

¿Qué es una PYME en España?

Características, requisitos y principales obligaciones de las pequeñas y medianas empresas

En España, una PYME (Pequeña y Mediana Empresa) se define según el número de empleados y el volumen de facturación o el balance total anual.

Según la legislación española, las empresas deben cumplir determinados requisitos para clasificarse como PYME:

Microempresa

Menos de 10 empleados y un volumen de negocio anual o balance total anual no superior a 2 millones de euros.

Pequeña empresa

Menos de 50 empleados y un volumen de negocio anual o balance total anual no superior a 10 millones de euros.

Mediana empresa

Menos de 250 empleados y un volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros o balance total anual que no supere los 43 millones de euros.

Obligaciones de las PYMES en España

Las PYMES deben cumplir diferentes obligaciones fiscales, contables, mercantiles y laborales en función de su actividad, forma jurídica y número de trabajadores.
Estas obligaciones pueden variar según las características de cada empresa.

Obligaciones de comunicación telemática con las AAPP

Las PYMES constituidas como personas jurídicas deben relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas para realizar los trámites de los procedimientos administrativos, de acuerdo con la Ley 39/2015.

FNMT

Es imprescindible obtener un certificado electrónico para representantes de empresas y personas jurídicas que permita identificarse y realizar numerosos trámites electrónicos con las Administraciones Públicas. Algunos emisores oficiales de certificados digitales son la FNMT o Camerfirma.

Obligaciones contables y mercantiles

  • Libro de Inventario y Cuentas Anuales
    Este libro debe abrirse con el balance inicial detallado de la empresa, y en él se registrarán al menos trimestralmente los saldos y balances de cierre del ejercicio, así como las Cuentas Anuales que incluyen el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria.
  • Libro Diario
    En este libro se registran los movimientos diarios de todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. También se pueden realizar anotaciones conjuntas de los totales de las operaciones por períodos no superiores al mes, siempre que los detalles queden reflejados en otros libros.
  • Libro de Actas
    En este libro se recogen los acuerdos adoptados por las juntas de socios y otros órganos colegiados de la sociedad, junto con la información correspondiente a su convocatoria, constitución y resultado de las votaciones.
  • Libro de Registro de Socios
    En las sociedades de responsabilidad limitada, el Libro Registro de Socios recoge la titularidad y las transmisiones de las participaciones sociales.
  • Legalización de libros
    Los libros obligatorios deben legalizarse dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio. Por ejemplo, si el ejercicio finaliza el 31 de diciembre, el plazo para su legalización finaliza a finales de abril del año siguiente.

Depósito y aprobación de cuentas anuales

Las empresas deben aprobar sus cuentas anuales en un plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio. Si el ejercicio finaliza el 31 de diciembre, las cuentas se formulan hasta el 31 de marzo y deben aprobarse antes del 30 de junio.

Una vez aprobadas, la empresa dispone de 30 días para depositarlas en el Registro Mercantil. Siguiendo el ejemplo anterior, el plazo finalizaría el 30 de julio.

Obligaciones con la Seguridad Social

  • Alta, variación o baja de los trabajadores
    Comunicar a la Seguridad Social cualquier alta, variación o baja de trabajadores.
  • Pago de los seguros sociales
    Pagar las cotizaciones sociales correspondientes para cada trabajador, de acuerdo con la normativa vigente

Obligaciones fiscales

  • Alta en la AEAT
    Cumple con el alta y registro de la actividad empresarial en la Agencia Tributaria (AEAT).
  • IAE
    Inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) según actividad realizada.
  • Declaración mensual o trimestral: IVA, IRPF
    Los autónomos y las PYMES deben presentar las declaraciones mensuales o trimestrales de los impuestos correspondientes como el IVA y el IRPF.
  • Declaración anual: IS
    Declaración del Impuesto de Sociedades (IS) de forma anual.