Cuando empresas y autónomos empezaban a prepararse para los plazos de 2027, Hacienda ha anunciado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de Verifactu, con el objetivo de coordinar su implantación con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
Esta propuesta busca evitar que los negocios tengan que adaptar sus programas de facturación en dos ocasiones en un periodo de tiempo reducido: primero para cumplir con Verifactu y, poco después, para incorporar los requisitos de la factura electrónica B2B.
Por el momento, se trata de un aplazamiento anunciado que está pendiente de confirmación normativa. Hasta que se aprueben los cambios correspondientes, deben tenerse en cuenta los plazos establecidos en la normativa vigente.
En este artículo explicamos qué cambios plantea Hacienda, cuáles son las fechas previstas y cómo pueden prepararse las empresas y los autónomos para la transformación digital de la facturación.
¿Se aplaza Verifactu hasta octubre de 2028?
Hacienda ha anunciado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de Verifactu, con el objetivo de coordinar su aplicación con el calendario de implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
La propuesta pretende facilitar la adaptación de empresas y autónomos a los nuevos requisitos de facturación digital, evitando que tengan que realizar varias modificaciones de sus sistemas informáticos en un periodo de tiempo reducido.
Sin embargo, el anuncio no supone por sí mismo una modificación de los plazos legales. Para que el aplazamiento sea efectivo, será necesaria su aprobación mediante la correspondiente normativa.
Importante: El aplazamiento de Verifactu hasta octubre de 2028 es una propuesta anunciada por Hacienda y está pendiente de confirmación normativa. Hasta que se apruebe, siguen siendo de referencia los plazos legalmente establecidos.
¿Cuáles son los plazos previstos para Verifactu?
Antes del anuncio del nuevo aplazamiento, el calendario de implantación de Verifactu establecía dos fechas principales, según el tipo de contribuyente:
01/01/2027
Contribuyentes del impuesto sobre sociedades
01/07/2027
Resto de obligados, incluidos muchos autónomos
OCTUBRE 2028
Aplazamiento propuesto por Hacienda
El aplazamiento propuesto por Hacienda está pendiente de confirmación normativa.
La propuesta de Hacienda busca coordinar este calendario con el de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, que contempla dos fechas de aplicación:
- 6 de octubre de 2027: para empresas y profesionales con un volumen de operaciones a efectos del IVA superior a 8 millones de euros durante el año natural anterior.
- 6 de octubre de 2028: con carácter general, para el resto de empresas y profesionales.
Por tanto, Verifactu y la factura electrónica siguen siendo obligaciones diferentes, aunque Hacienda plantee aproximar sus calendarios para facilitar la adaptación de empresas y autónomos.
¿Qué es Verifactu y a quién afecta?
Verifactu forma parte de la normativa que regula los sistemas informáticos utilizados para emitir facturas. Su objetivo es garantizar que los registros de facturación sean fiables, seguros y trazables, dificultando su modificación o eliminación sin dejar constancia.
En concreto, los programas de facturación sujetos a esta normativa deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. De esta manera, se busca reforzar el control fiscal y prevenir posibles irregularidades.
Estas obligaciones afectan a numerosas empresas, autónomos y profesionales que utilizan programas informáticos para facturar, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la normativa. Existen determinadas exclusiones y particularidades según el régimen fiscal y el sistema de facturación utilizado.

Es importante distinguir entre Verifactu como marco de requisitos para los sistemas informáticos de facturación y la modalidad VERI*FACTU, que permite remitir los registros de facturación a la Agencia Tributaria. La normativa contempla también sistemas que no realizan esta remisión automática, siempre que cumplan las condiciones exigidas.
Por ello, las empresas y los profesionales deben comprobar si su programa actual cumple los requisitos aplicables y consultar con su proveedor qué adaptaciones o actualizaciones serán necesarias.
Diferencias entre Verifactu y la factura electrónica obligatoria
Aunque ambas medidas forman parte del proceso de digitalización de la facturación, Verifactu y la factura electrónica obligatoria son dos obligaciones diferentes, con objetivos y requisitos específicos.
Verifactu regula principalmente cómo deben funcionar los sistemas informáticos utilizados para emitir facturas. Su finalidad es garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros, evitando que puedan modificarse o eliminarse sin dejar constancia.
Por su parte, la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (B2B) regula la emisión, recepción e intercambio de facturas electrónicas mediante formatos estructurados e interoperables.
Además, la factura electrónica B2B incorpora obligaciones relacionadas con la comunicación de determinados estados de las facturas, como su aceptación, rechazo o pago efectivo, según los requisitos y plazos aplicables.
Por tanto, cumplir con Verifactu no implica automáticamente cumplir con la factura electrónica obligatoria, y viceversa. Las empresas deberán comprobar que sus sistemas de facturación puedan adaptarse a ambas normativas.
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
| Objetivo | Garantizar la integridad y trazabilidad de los registros de facturación. | Digitalizar el intercambio de facturas entre empresas y profesionales. |
| Qué regula | Los requisitos de los sistemas informáticos de facturación. | La emisión, recepción e intercambio de facturas electrónicas. |
| Requisitos principales | Integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. | Formatos estructurados, interoperabilidad y comunicación de determinados estados. |
| Ámbito de aplicación | Empresas y profesionales sujetos a la normativa de sistemas informáticos de facturación. | Operaciones entre empresarios y profesionales dentro del ámbito de aplicación de la normativa B2B. |
¿Por qué Hacienda plantea aplazar Verifactu?
El principal motivo del aplazamiento que plantea Hacienda es evitar que empresas y autónomos tengan que realizar varias adaptaciones informáticas en un periodo de tiempo reducido.
Con el calendario anterior, muchos negocios podían verse obligados a actualizar primero sus programas para cumplir con Verifactu y, poco después, introducir nuevas modificaciones para adaptarse a la factura electrónica obligatoria.
A estas exigencias se suman los futuros cambios europeos vinculados al proyecto ViDA (VAT in the Digital Age), una iniciativa de la Unión Europea orientada a modernizar la gestión del IVA y avanzar hacia una mayor digitalización de las operaciones.
Por ello, Hacienda pretende coordinar mejor los distintos calendarios de implantación, facilitando que las empresas puedan planificar sus inversiones tecnológicas y evitar modificaciones sucesivas de sus sistemas de facturación.
No obstante, el aplazamiento no supone la eliminación de los requisitos esenciales de Verifactu. Las garantías relacionadas con la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación seguirán formando parte del nuevo modelo previsto.
¿Qué deben hacer ahora las empresas y los autónomos?
Aunque el posible aplazamiento de Verifactu hasta octubre de 2028 proporcionaría más margen de adaptación, las empresas y los autónomos no deberían dejar para el último momento la revisión de sus sistemas de facturación.
La propuesta de Hacienda permite plantear una transición más ordenada, pero es importante aprovechar este periodo para analizar las necesidades de cada negocio y evitar decisiones precipitadas.
Estas son algunas recomendaciones para prepararse:
- Revisar el programa de facturación actual. Comprobar si el software utilizado cumple los requisitos aplicables y qué actualizaciones necesitará para adaptarse a Verifactu.
- Consultar con el proveedor tecnológico. Confirmar si el programa o ERP estará preparado tanto para Verifactu como para la factura electrónica obligatoria y si las futuras actualizaciones están incluidas en el contrato.
- Analizar los procesos internos de facturación. Revisar cómo se emiten, registran, conservan y gestionan las facturas para identificar posibles mejoras.
- Planificar las inversiones tecnológicas. Evitar cambios de software precipitados motivados únicamente por las fechas anteriores, sin dejar de valorar las necesidades reales de adaptación.
- Seguir la evolución normativa. Mantenerse informado sobre la aprobación del posible aplazamiento y las nuevas fechas que puedan establecerse oficialmente.
Conclusión: más tiempo para adaptarse a la facturación digital
El aplazamiento de Verifactu planteado por Hacienda supondría un mayor margen de adaptación para empresas, autónomos y profesionales, permitiéndoles preparar la transición hacia los nuevos sistemas de facturación de una manera más organizada.
La intención de coordinar Verifactu con la factura electrónica obligatoria busca evitar modificaciones tecnológicas sucesivas y facilitar una implantación más eficiente. Sin embargo, la transformación digital de la facturación sigue adelante, con mayores exigencias de trazabilidad, seguridad y control de la información.
Por ello, es recomendable seguir la evolución normativa, revisar los programas de facturación y planificar las futuras adaptaciones, evitando inversiones precipitadas hasta conocer cómo quedará configurado definitivamente el calendario.
Desde Fernández Global seguiremos informando sobre las novedades normativas y acompañando a empresas y profesionales en la adaptación a sus obligaciones fiscales y administrativas.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
Hacienda ha planteado aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de Verifactu, pero este cambio todavía necesita aprobación normativa. Hasta que se publique oficialmente, continúan siendo aplicables los plazos vigentes.
Según el calendario normativo que estamos tomando como referencia, los autónomos y profesionales sujetos a esta obligación deben adaptar sus sistemas de facturación antes del 1 de julio de 2027.
No obstante, Hacienda ha planteado aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028. Mientras no se apruebe oficialmente este cambio, continúa siendo aplicable el plazo vigente.
No. Verifactu regula los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, especialmente en materia de integridad, conservación y trazabilidad de los registros.
La factura electrónica obligatoria B2B regula, en cambio, la emisión y el intercambio de facturas electrónicas entre empresas y profesionales, así como determinadas comunicaciones sobre su estado.
No necesariamente. Antes de sustituir el programa actual, es recomendable consultar con el proveedor si el software podrá adaptarse a los requisitos de Verifactu y de la factura electrónica obligatoria.
En muchos casos, las actualizaciones del sistema pueden permitir cumplir con las nuevas exigencias sin necesidad de contratar una solución completamente diferente.
Si ya has adaptado tu programa de facturación a Verifactu, no es necesario deshacer los cambios realizados por el anuncio del posible aplazamiento.
Lo recomendable es comprobar con el proveedor que el sistema mantiene los requisitos exigidos y conocer qué futuras actualizaciones podrían ser necesarias para adaptarse también a la factura electrónica obligatoria.


